Atención a las deducciones y bonificación en IRPF 2019 en Andalucía

Nos encontramos en plena campaña de renta, por lo que es recomendable realizar un pequeño recordatorio de las deducciones autonómicas aplicables a aquellos contribuyentes con residencia habitual en Andalucía.

Todas las deducciones mencionadas a continuación se encuentran reguladas en el Decreto Legislativo 1/2018 de 19 de junio, donde podrán encontrar todos los requisitos para la aplicación de las mismas.

Para facilitar su relación y comprensión en cuanto a los requisitos e importes de las deducciones, pasamos a realizar un análisis de cada una:

  1. Beneficiaros de ayudas a viviendas habituales protegidas

Los contribuyentes que hayan percibido una subvención o ayuda derivada de la normativa andaluza para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual protegida, podrán aplicar una deducción de 30 euros en la cuota íntegra autonómica en el periodo impositivo en que el haya percibido la subvención o ayuda.

  1. Inversión en vivienda habitual protegida o por menores de 35 años

Sin perjuicio del tramo autonómico de la deducción por inversión en vivienda habitual, se establecen dos posibles deducciones incompatibles entre sí y aplicables a las cantidades satisfechas en el período impositivo por la adquisición o rehabilitación (iniciadas a partir del 01/01/2003) de la vivienda que constituya o vaya a constituir la residencia habitual del contribuyente:

  • Una deducción del 2% siempre que la vivienda tenga a la fecha de devengo del impuesto la calificación de protegida de conformidad con la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Una deducción del 3% siempre que el contribuyente sea menor de 35 años en la fecha de devengo del impuesto.

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