Declaración de la Renta 2018

El pasado martes día 2 de abril comenzó la campaña de presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del ejercicio 2018. Aunque para este año existen grandes novedades en lo que a cambio normativo se refiere, vamos a repasar algunas novedades a tener en cuenta a la hora de la elaboración y presentación de la declaración.

1. Prestaciones por maternidad y paternidad

Recordemos que la Sentencia del Tribunal Supremo nº 1462/2018, de 3 de octubre de 2018 declaró exentas las prestaciones por maternidad o paternidad recibidas de la Seguridad Social. Por tanto, en la declaración de 2018, ya no se incluirán las citadas retribuciones.

2. Deducción por maternidad

Con efectos a partir del 1 de enero de 2018 se incrementa la deducción por maternidad cuando el contribuyente que tenga derecho a esta satisfaga gastos de custodia en guardería o en centros de educación infantil por hijos menores de 3 años.

3. Reducciones por rendimientos del trabajo

Con fecha 5 de julio de 2018 se aumentaron los importes de las reducciones por rendimientos de trabajo. Esta reducción se aplicará en función del importe de los rendimientos netos de trabajo obtenidos por el contribuyente.

4. Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación

Con efectos 1 de enero de 2018 se aumenta el porcentaje de deducción que pasa al 30% (antes era el 20%) sobre las cantidades satisfechas por suscripción de capital de empresas de nueva o reciente creación que cumplan los requisitos. Además, se aumenta la base máxima sobre la que se puede aplicar la deducción que pasa a ser de 60.000 euros (antes era de 50.000 euros).

5. Deducciones por familia numerosa

Con efectos 5 de julio de 2018 se incrementa el importe de la deducción por familias numerosas hasta 600 euros por cada hijo que exceda del número mínimo de hijos exigido para que la familia adquiera la condición de familia numerosa de categoría general o especial según corresponda.

Para 2018 esta nueva deducción se determinará solo tomando en consideración los meses de agosto a diciembre.

6. Deducción por cónyuge con discapacidad a cargo

Con efectos 5 de julio de 2018 se incluye un nuevo supuesto aplicable por cónyuge con discapacidad a cargo.
Para 2018 esta nueva deducción se determinará solo tomando en consideración los meses de agosto a diciembre.

7. Aumento del límite para obligación de declarar

Con efectos 5 de julio de 2018 se incluye un nuevo supuesto aplicable por cónyuge con discapacidad a cargo.
Para 2018 esta nueva deducción se determinará solo tomando en consideración los meses de agosto a diciembre.

No obstante, en 2018 el límite de 14.000 euros será de 12.643 euros, salvo en el caso de que el impuesto se hubiera devengado con anterioridad al 5 de julio de 2018, en cuyo caso el límite será de 12.000 euros.

8. Adiós al papel

Desaparece la posibilidad de presentar la renta en papel.

 

Isabel Díaz Rosado - Emede ETL Global

Isabel Díaz Rosado
idiaz@etl.es
Asesoría fiscal Málaga | Emede ETL Global 

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