Desde hace algún tiempo venimos escuchando el termino cashback sin saber muy bien de que se trata el mismo ni que hizo que este surgiera.

Se trata de un nuevo servicio que prestan determinados establecimientos como pueden ser Grupo DIA, Shell o Galp, el cual consiste en proporcionar dinero efectivo con cargo directo en cuenta a la persona que bien adquiere algún producto en el supermercado o reposta gasolina en las estaciones de servicios anteriormente mencionadas a través de la aplicación móvil (compatible con dispositivos Apple y Android) TWYP CASH.

Es una nueva forma de disponer de efectivo sin que los clientes de las entidades financieras tengan que ir físicamente a un cajero automático o incluso la única forma de obtener liquidez en el caso de los clientes de entidades financieras que no disponen de cajeros automáticos físicos como es el caso de ING Direct.

Durante mucho tiempo, la solución que daba ING Direct a sus clientes para poder obtener dinero en efectivo era la de utilizar la red de cajeros 4B en los cuales no se cobraría comisión alguna por la prestación de dichos servicios siempre y cuando el importe que se retirara fuera superior a 90 euros. Esto fue así, hasta que Caixabank (2015), Banco Santander y Banco Popular llevaron a cabo una revisión de sus tarifas relativas a este tipo de comisiones, momento a partir del cual empezarían a cobrar por prestar este tipo de servicios a aquellas personas que no fueran clientes de dichas entidades.

Como consecuencia de tener que solventar el problema al que se enfrentaban los clientes de ING Direct relativo al pago de comisiones por obtener dinero en efectivo, surgió el término y el servicio que hay detrás de lo que denominamos a día de hoy CASHBACK.

Ø  ¿EN QUE CONSISTE EL CASHBACK?

Se trata de la posibilidad que nos pueden ofrecer determinados establecimientos la cual consiste en obtener dinero en efectivo sin cobrarnos comisión.

Ø  ¿QUE DEBEMOS TENER EN CUENTA PARA UTILIZAR ESTE SERVICIO?

Para poder utilizar este tipo de servicio deberemos tener en cuenta los siguientes aspectos:

  1. Disponer de la aplicación móvil TWYP CASH (Compatible con Apple y Android).
  2. Vincular a dicha aplicación una cuenta bancaria a través de la cual realizaremos los pagos de los productos y/o servicios que adquiramos.
  3. Realizar una compra en el establecimiento que nos va a prestar el servicio sin importe mínimo.
  4. Retirar una cantidad mínima en efectivo de 20 euros que se sumara a la cantidad que tengamos que pagar por la compra realizada y cuya diferencia nos devolverán en dinero efectivo.
  5. No se puede retirar más de 600 euros por operación. En el caso de ING Direct, esta ha decidido establecer un límite máximo de disposición de efectivo a través de dicho método de 1.000 euros al mes.

A modo de ejemplo, supongamos que vamos a una gasolinera Galp y repostamos 30 euros de gasolina y queremos 25 euros de efectivo.

Para ello deberemos indicarle este hecho a la persona que nos atienda. Nos indicará que debemos pagar el importe de 55 euros a través de la aplicación móvil TWYP CASH. Una vez realicemos el pago, este nos dará la cantidad de 25 euros que es la cantidad que hemos cargado en cuenta por dinero en efectivo.

Ø  ¿ESTAN OBLIGADOS A DARSE DE ALTA LOS EMPRESARIOS QUE PRESTEN ESTE SERVICIO EN ALGUN EPIGRAFE ESPECIFICO DEL IAE?

La prestación de servicios basados en facilitar dinero en efectivo a sus clientes o a personas o entidades ajenas a la misma, vienen encuadrados en el grupo 811 de la Sección primera relativas a actividades consideradas empresariales.

Dándose de alta la entidad que presta este tipo de servicios en este epígrafe, podrá prestar sin límite alguno todos y cada uno de los servicios que vienen contemplados en dicho grupo.

La cuota a pagar correspondiente a dicho epígrafe tendrá una parte fija cuya cantidad resultante, dependerá de la población que tenga la localidad en la cual se sitúe el local que presta el servicio:

Y una parte variable que dependerá del elemento superficie en su caso ya que se entiende que para prestar el mismo se ha debido habilitar una parte del local para ejercer esta nueva actividad.

Ø  ¿LA COMISION COBRADA POR ESTOS ESTABLECIMIENTOS POR PRESTAR DICHOS SERVICIOS ESTA SUJETA A IVA?

Si entendemos que las mismas se tratan de operaciones financieras de transferencia de crédito, las mismas deberán quedar sujetas y exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido según viene regulado en el Art.20, apartado uno, numero 18º, letra h de la ley 37/1992 del 28 de diciembre del LIVA.

Ø  ¿PUEDE SUPONER EL CASHBACK EL FIN DE LOS CAJEROS AUTOMATICOS?

Quizá es pronto para responder a esta pregunta, ya que si bien es cierto que a día de hoy los cajeros automáticos ofrecen el servicio de prestar dinero en efectivo a millones de personas las 24 horas del día. No sabemos si en un futuro si se extiende la red de distribución del servicio de CASHBAK a otros supermercados, estaciones de servicios u otros establecimientos autorizados para ello, puedan hacer que los cajeros automáticos vayan desapareciendo poco a poco de nuestra vida diaria. Solo el paso del tiempo puede darnos respuesta a esta gran pregunta que a día de hoy nos planteamos.

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