Las denominadas Sociedades Pantalla

A veces cuando las sociedades atraviesan por un mal momento económico, pueden verse tentadas a crear nuevas Sociedades con la única finalidad de actuar como intermediarias en las operaciones realizadas entre las empresas del grupo y ésta.

Esta nueva sociedad creada, es la que denominamos sociedad pantalla, a través de la cual se pretende conseguir un visible ahorro fiscal en la sociedad que realmente ejerce la actividad.

Las sociedades pantalla se caracterizan principalmente por los siguientes aspectos:

  1. Son sociedades “ficticias” que carecen de los medios personales y materiales para la prestación de servicios.
  2. Se crean con una finalidad temporal.
  3. Tanto sus socios como sus administradores son sujetos en la mayoría de casos declarados insolventes, normalmente sin recursos para hacer frente a sus obligaciones tributarias.

Realmente, son Sociedades que custodian secretos, ya sea la identidad del titular de la misma o sus bienes y patrimonio.

La creación de ésta también puede perseguir la apertura de cuentas bancarias en terceros países, donde la privacidad de la información es máxima. De esta forma evitamos que figure el beneficiario de la misma, pudiendo eludir con ello el pago de impuestos.

Como consecuencia de la crisis económica atravesada años atrás, la creación de sociedades pantalla ha ido en aumento, siendo la Agencia Estatal de Administración Tributaria cada vez más consciente de ello. Debido a esta situación, la AEAT ha desarrollado herramientas más eficaces para detectar este tipo de prácticas.

De esta forma, cada vez es más sencillo conocer de manera directa o indirecta, quién es la persona física que tiene el control de la empresa. La AEAT, ya adelantaba a comienzos de este año 2019, que el fisco depurará el censo para eliminar aquellas firmas que no cuenten con actividad económica alguna, cerrando si es necesario, su página del Registro Mercantil.

Además de incrementar el control y verificación de los datos declarados sobre actividad, socios, partícipes, administradores y direcciones para garantizar su máxima fiabilidad y evitar el mayor número posible de Sociedades “fantasma” sin actividad.

Según datos actualizados a fecha de Marzo de 2019 por parte del Registro de Titularidades Reales, se puede observar en el siguiente gráfico, el significativo alcance que tienen estas Sociedades en nuestro país, siendo España quien ocupa el primer puesto en la lista, con un 89% de Sociedades pantalla constituidas, frente al 11% correspondiente a empresas ubicadas en otros países.

Empresas pantalla

Empresas Pantalla en Europa a 1 de marzo de 2019

Empresas Pantalla en Europa a 1 de marzo de 2019. Fuente: Registro de Titularidades Reales.

Hay que ser por ello muy consciente, de la importancia de realizar una buena práctica en el desarrollo de nuestra actividad, mostrando transparencia y confianza frente a la Administración Tributaria y evitando con ello, el desarrollo de este tipo de actuaciones, que pueden resultar sin lugar a dudas, muy perjudiciales para la propia Sociedad.

María del Mar García Arjona
mgarciaarjona@etl.es
Asesoría fiscal Málaga | Emede ETL Global

Logo

Suscríbete a la Newsletter

Si quieres estar al día, suscríbete a nuestro boletín periódico.

Gracias por suscribirte