autoempleo anunciado por el Gobierno
La mayor parte de las medidas del “Plan económico para pymes y autónomos: autoempleo” se dirigen a favorecer el autoempleo, especialmente entre los jóvenes. Analizamos el Real Decreto-ley 4/2013 de 22 de febrero.
La primera y más importante es que los autónomos no tengan que adelantar el pago del IVA de las facturas no cobradas, para ello en vez de utilizar el criterio de devengo tradicional usarán el criterio de caja o criterio de cobro. Para los autónomos, el criterio de devengo supone la obligación de llevar un registro de facturas emitidas, otro de facturas recibidas y uno de bienes de inversión; sin embargo, si éste optara por un criterio de caja tendría la obligación de llevar además un registro oficial de todos los cobros y pagos realizados. Para las sociedades mercantiles, obligadas a llevar la contabilidad oficial, no supondría ningún cambio. El criterio de caja podrá aplicarse a pymes y autónomos, siempre y cuando no estén sujetos al régimen de módulos con un volumen de negocio inferior a dos millones de euros.
Las sociedades de nueva creación tributarán a un tipo reducido del 15% durante los dos primeros ejercicios en que obtengan resultados positivos. Para los nuevos autónomos una reducción del 20% en los rendimientos netos que obtengan durante los dos primeros ejercicios en se obtengan resultados positivos.
Las empresas podrán deducirse hasta un 10% de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades siempre que tengan un volumen de negocio inferior a diez millones de euros.
Un inversor que participe temporalmente en una nueva empresa aportando capital financiero y nuevos conocimientos para el buen desarrollo de la sociedad, tendrá una deducción del 15% en el IRPF (la inversión deberá ser temporal) y una exención parcial de la plusvalía del 50% al salir de la sociedad, siempre que éste reinvierta en otra nueva sociedad.
Los desempleados que se establezcan como autónomos tendrán una exención completa en el IRPF de las prestaciones por desempleo cuando su abono sea un solo pago. Los menores de 30 años podrán beneficiarse del 100% de la prestación si realizan una aportación al capital social de una sociedad mercantil con la que tengan vinculación profesional o laboral.
Se establece una tarifa plana de cincuenta euros en la cotización a la Seguridad Social para menores de 30 años y nuevos autónomos que inicien una actividad por cuenta propia durante los primeros seis meses, posteriormente se les aplicará una reducción del 50% y durante los dieciocho meses siguientes una reducción más una bonificación del 30% que se amplía a mujeres hasta los 35 años.
Agilización de trámites para la creación de empresas con el lanzamiento del portal “Emprende en tres”, que facilita al emprendedor los trámites municipales necesarios para el inicio de sus actividades económicas.
Mejora de la empleabilidad de los jóvenes con extensión de programas formativos para la obtención de certificados de profesionalidad y obtención del título de Educación Secundaria Obligatoria.
Deducciones por I+D+I vinculadas a la creación o el mantenimiento de empleo, apoyo a la financiación bancaria en treinta y dos millones de euros, sistemas públicos de avales y garantías para la financiación bancaria.
El futuro laboral de millones de españoles gira en torno al emprendimiento, el autoempleo y las pymes…
Raquel Gómez Adarve
Emede y Asociados Asesores Tributarios, SLP