Pasos para abrir un negocio en Málaga
¿Vas a abrir un negocio en Málaga? Te contamos todo lo que necesitas para obtener la licencia de apertura o declaración responsable.
La licencia de apertura es la autorización municipal que nos permite comenzar la actividad, es decir, acredita que nuestro local cumple los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Para iniciar el procedimiento debemos presentar la siguiente documentación, regulada en la Ordenanza del procedimiento de ejercicio de actividades mediante declaración responsable, comunicación previa y licencia de apertura de establecimientos del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, ante el servicio de Aperturas:
1. Documentación administrativa.
- Impreso normalizado de declaración responsable, debidamente cumplimentado (por duplicado).
- Documentación acreditativade identificación del titular:
- En caso de personas jurídicas: Fotocopia del CIF, fotocopia del documento acreditativo de la capacidad legal de la/s persona/s que ostenten la representación, acompañando copia de sus N.I.F o N.I.E.
- En caso de personas físicas: fotocopia del N.I.F. o N.I.E.
- Copia de la escritura de propiedad, del contrato de arrendamiento, o documento equivalente sobre el establecimiento que acredite la titularidad o disponibilidad de uso sobre el mismo.
2. Licencia de utilización.
Licencia de utilización en caso de ser preceptiva. En otro caso Licencia de obra si se especifica el uso o Informe Urbanístico de viabilidad de uso emitido por la GMU o en caso de Suelo Urbanizable de Actuación Directa podrá presentarse, Certificado de Síntesis Urbanística (2 ejemplares), según modelo normalizado, suscrito por técnico competente, acompañado de Plano de Situación a escala 1/5000 según Plano de Calificaciones y Usos del P.G.O.U. vigente, marcando la ubicación exacta de la edificación objeto de consulta.
3. Documentación técnica.
Se encargará de elaborarla un técnico especializado. Esta documentación variará en función de las características del establecimiento, suscrita por técnico competente.
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- Certificado de seguridad de las instalaciones (2 ejemplares), según modelo normalizado, acompañado de planos de planta, a escala adecuada y normalizada, que reflejen la distribución con mobiliario y usos de las distintas dependencias así como las instalaciones (extintores, alumbrado de emergencia, etc.) del establecimiento e incluya leyenda con la superficie construida total y desglosada la de almacén y al aire libre, si la actividad no se encuentra incluida en la Ley 13/1999 o en el Apéndice 5 de la OMPCI y dispone de una superficie inferior a 300 m².
- En caso contrario, se deberá aportar Proyecto Técnico (2 ejemplares), acompañado de Certificado de la Dirección Técnica de las Instalaciones (2 ejemplares), que deberá ajustarse a modelo normalizado. (Certificado de seguridad, plano de planta).
4. Informe de calificación medioambiental.
Memoria descriptiva de la actividad que se desarrolla y los procesos que se utilizan para la fabricación, qué materiales se usan, residuos que se emiten…no siendo necesario su visado. Esta memoria será entregada en las oficinas del Área de Medio Ambiente y Sostenibilidad del Ayuntamiento de Málaga para que emitan un dictamen sobre si el informe de calificación medioambiental es positivo o negativo. En caso de que dicho informe fuese positivo, necesitaríamos presentar un proyecto técnico y sí sería necesario el visado.
Si el local ya tenía la licencia, vamos a desarrollar la misma actividad y se mantienen íntegramente las condiciones anteriores (distribución, instalaciones de protección contra incendios…), sólo es necesario un cambio de titularidad, y se deberá presentar:
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- Certificado de Persistencia (2 ejemplares), según modelo normalizado, suscrito por técnico competente.
- Comunicación de la transmisión de la licencia de apertura / declaración responsable a su favor firmada por el anterior titular acompañada de fotocopia de su N.I.F. o N.I.E./C.I.F. y del documento acreditativo de la capacidad legal para la representación, si procede. En caso de imposibilidad de obtener dicha comunicación, se deberá aportar documento justificativo de dicha circunstancia.
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A estos efectos, con carácter previo a la presentación del certificado de persistencia, con carácter general, se deberá presentar Solicitud de vista de expediente por cambio de titularidad.
Por último, cuando ya tengamos la licencia de apertura o declaración responsable estaremos obligados al pago de una tasa. Como siempre, espero que esta información os resulte interesante, y sobretodo, que os vaya muy bien en vuestro nuevo negocio. Ya sabéis que Emede & Asociados Asesores Tributarios puede ser vuestro aliado en esta aventura.