Nueva normalidad en la tributación de las mascarillas
Si recordamos, el pasado 22 de abril el Gobierno aprobó una batería de medidas fiscales con el fin de apoyar la economía y el empleo mediante el Real Decreto-Ley 15/2020.
Entre esas medidas estaba la reducción del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19 al 0% hasta el 31 de julio de 2020, siempre que los destinatarios sean entidades de Derecho Público, clínicas o centros hospitalarios, o entidades privadas de carácter social, por lo que, en ningún caso liberaba de tributación al consumidor final.
El pasado 5 de agosto se aprobó el Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto con el fin de prorrogar hasta el 31 de octubre esta medida fiscal referida a la reducción del IVA al 0% anteriormente mencionaba y que afectaba a 41 grupos de productos distintos de uso sanitario, no obstante, no ha contado con el respaldo del Congreso de los Diputados, y el 11 de septiembre se publicó el acuerdo de derogación del citado Real Decreto, por lo que la tributación de estas mascarillas pasa de nuevo a ser del 21%.
Efectivamente la rebaja temporal del tipo solo afectó a las entidades indicadas en el primer párrafo, puesto que la tributación al consumidor final desde el inicio de la pandemia siempre ha sido del 21%, a diferencia de otros países miembro que sí rebajaron la tributación de las mismas como Italia que lo rebajó al 5%, Francia al 5,5% y Bélgica al 6%, entre otros…, lo que supone un importante modo de recaudación para las arcas del Estado debido a que su uso es obligatorio.
Asesoría fiscal Málaga | Emede ETL Global
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