Ya ha comenzado la campaña de renta que termina el próximo día 1 de julio. Pero, ¿qué ocurre si presentamos nuestra declaración una vez finalizado el plazo para ello?
La Administración dispone de una serie de recargos, intereses y sanciones para evitar que se nos pasen estos plazos. Si la presentamos fuera de plazo, la Administración nos impondrá un recargo, una sanción o intereses de demora dependiendo de las siguientes circunstancias:
A. Si nosotros nos damos cuenta antes que Hacienda (sin requerimiento previo de la Administración) de que se nos ha pasado el plazo para presentar la renta:
- Si el resultado del IRPF es positivo, es decir, nos sale a pagar, tendremos un recargo (art. 27 Ley General Tributaria) que variará según lo que tardemos en presentar la declaración conforme al siguiente cuadro:
Plazo
Recargo
En los 3 meses siguientes
(hasta el 1 de octubre)5% de la deuda De los 3 a 6 meses siguientes
(del 2 octubre a 1 enero 2014)10% de la deuda De los 6 a 12 meses siguientes
(del 2 enero a 1 julio 2014)15% de la deuda Más de 12 meses
(a partir del 2 julio 2014)20% de la deuda + intereses de demora. Los intereses se devengarán desde el 2 de julio de 2014 hasta que presentemos la declaración. - Si el resultado del IRPF es negativo, es decir, nos sale a devolver, se impondrá una sanción fija de 100 euros (art. 198 LGT).
B. Si la Agencia Tributaria se da cuenta de que se nos ha pasado el plazo para presentar la renta (nos llega un requerimiento de la Administración):
- Si el resultado del IRPF es positivo, se devengarán intereses de demora por el tiempo que transcurra desde el 2 de julio hasta que efectivamente presentemos la renta. Además Hacienda nos impondrá una sanción que podrá ir desde el 50% hasta el 150% de la cantidad a ingresar (art. 191 LGT).
- Si el resultado del IRPF es negativo, Hacienda nos impondrá una sanción fija de 200 euros (art. 198 LGT).
La Administración dispone de medios muy persuasivos para que presentemos la declaración de la renta antes del 1 de julio. Y para evitar todos estos “posibles problemas” lo mejor es intentar no dejarlo para los últimos días.
Se me ha olvidado presentar la declaración IRPF. Puedo hacerlo todavía los días 29 y 30 de junio corriente?
Hola Miguel Ángel!
Sí, el plazo para presentar la declaración finaliza el día 30 de junio. En cualquier caso, puede presentarse fuera de plazo con el consiguiente recargo por parte de Hacienda.
Saludos!
Al parecer no presenté la renta de 2012, fue realizada por el gestor en su momento, yo no lo entregué en el banco porque pensé que él la habría presentado (cosa que hacía mi antiguo gestor). Esa renta salía a devolver más de 200€… Si la presento ahora, me darán la diferencia?
Hola Cristina!
Si no te ha llegado ningún requerimiento de Hacienda todavía y presentas ahora la declaración, tendrás una sanción de 100€. Si ya te ha llegado requerimiento de Hacienda, la sanción será de 200€.
Saludos!
Hola,
se me pasó el periode para hacer la declaracion. Me sale a pagar. Se puede presentar telematicamente (o online), o tengo que ir a las oficinas de Hicienda?
Y otra cuestion. Me dejaran pagarlo en dos plazos?
Muchas gracias
Hola Nuria,
Las declaraciones solamente podían presentarse telemáticamente con domiciliación del pago en plazo. Las declaraciones fuera de plazo pueden presentarse en la entidad bancaria correspondiente sin perjuicio del posterior recargo que liquide Hacienda. En cuanto al pago en dos plazos, únicamente es posible si se presenta la declaración en plazo. La única opción sería pedir un aplazamiento/fraccionamiento del pago de la declaración.
Saludos!
No presenté la renta en plazo y ahora me dicen que la presente. Lo voy a hacer, pero no sé qué me van a cobrar como sanción por hacerlo tarde, si no me sale ni a pagar ni a devolver. ¿ Se puede pagar la sanción con tarjeta ?
Hola Joli!
Si el resultado de la declaración no es a ingresar, impondrán una sanción fija de 200 euros ya que no existe perjuicio económico para la Hacienda Pública. La sanción no puede pagarse con tarjeta, tendrá que hacerse el ingreso en cualquiera de las entidades colaboradoras.
Saludos!!
En un apartamento que se utiliza una parte del año y se pone en alquiler el resto, cuando sólo se consigue alquilar un tiempo inferior al ofertado ¿al descontarse de los ingresos del alquiler en la declaración de la renta los gastos pertinentes, se puede hacer del periodo total de la oferta o del real ocupado?
Hola Santos!
la cuestión excede el contenido del post. Te recordamos que sólo respondemos a preguntas relacionadas con el contenido del artículo.
Saludos!
HOLA SI PRESENTE LA DECLARACION A TIEMPO Y SE ME OLVIDO LLEVARLA FIRMADA!
QUE OCURRE?
CUANTO ES LA SANCION?
UFFF ESTOY DESESPERADA!
Hola Elisabeth!
Del texto de la consulta entiendo que sí que presentaste la declaración en plazo pero que se te olvidó firmarla, en principio no es muy probable que recibas una sanción aunque sí está estipulado en la Ley General Tributaria y sería de 150 euros.
Saludos
Hola,
presenté la declaración de la renta en julio de 2015, pero no la pude pagar. No me ha llegado ninguna carta, ni comunicado. Y voy a pagarla ahora. Que sanción tendré?
Perdón, en junio. Es decir, la presenté a tiempo.
Hola Sergi!
Si la declaración se presenta ahora, antes de que llegue un requerimiento de Hacienda, tendrás un recargo del 15% sobre el importe a ingresar. Si pasan más de doce meses desde la fecha en que debió presentarse, además del recargo, que será del 20%, también se devengarán intereses de demora.
Saludos
Hola,
Nosotros recibimos una carta este mes de 2016 para hacer la declaración del año 2014, fuimos a un gestor y salió a devolver 1.000 y pico. A los pocos días nos pidieron la del 2013 y esa salía también a devolver unos 2.000. Por lo que he leído en el artículo nos tocaría pagar 200 e de multa para cada año, ya que salen a devolver y ambas se hicieron con requerimientos de la agencia.
El funcionario que nos atendió de la agencia Tributaria nos dijo como dos penalizaciones una por fuera de plazo y otra por ser ellos quienes lo reclaman. He de esperarme a una multa de mayor cantidad por tantos años de tardanza?
Muchas gracias
Hola Elena!
Si lo que os ha llegado es un requerimiento por parte de la administración, corresponde imponer sanción. Al ser ambas declaraciones a devolver, no existe perjuicio para la Hacienda Pública, y por tanto, la sanción es de un importe fijo de 200 €, por cada una de las declaraciones.
Saludos!!
Hola: no he presentado las declaraciones del 2012 y 13. Me llegó requerimiento de hacienda para hacerlas. La primera me sale a pagar 64 y la segunda 1011. Que sanción tendré? Muchas gracias.
Hola Julián!
La sanción por no presentar la declaración en plazo con un resultado a ingresar puede ir desde un 50% hasta un 150% del importe no ingresado. Si no existe ocultación ni se han utilizado medios fraudulentos, al ser importe inferior a 3.000€, lo normal sería que la sanción fuese del 50% de la cantidad no ingresada.
Saludos!
HOLA HE DEJADO PRESENTAR LA RENTA A ULTIMA HORA Y AL INTENTAR MANDARLA ME LA HA RECHAZADO EL APLICATIVO NO DEJANDOME PRESENTARLA HASTA LAS 0,15 DE HOY MADRUGADA DEL 30 DE JUNIO AL 1 DE JULIO.
¿PUEDO TENER SANCION?
¿PUEDO RECURRIR?
¿DEBO ANTICIPARME?
¿COMO PUEDO SABERLO?
GRACIAS
Hola José Ramón, Si el resultado de tu declaración era a ingresar, tendrás un recargo del 5%. El recargo es automático por presentar la declaración fuera de plazo y sin requerimiento de la Administración. Una vez que te llegue la notificación del recargo, puedes presentar alegaciones.
Si el resultado era a devolver, tendrás una sanción. Igualmente, puedes presentar alegaciones y/o recurrir la sanción cuando te la notifiquen.
Saludos!
Buenos dias.
He recibido por parte de Agencia tributaria varios acuerdos de iniciación y comunicación de expediente sancionador del tramite de audiencia.
El caso es que le hice varias declaraciones fuera de plazo a mi suegra que es analfabeta y ademas tiene alzheimer, hago esta alusión porque no se si servirá para tramitar alegación o por el contrario interesaría mas pagar la sanción impuesta y dejarlo estar.
Las declaraciones salen todas a devolver y mi pregunta es ¿aunque me sancionen cobrare estas rentas?.
Muchas gracias y un saludo
Hola Javier
Aunque te impongan una sanción por haber presentado la declaración fuera de plazo, el resultado de la declaración a devolver sí lo cobrarás.
Un saludo
hola queria que me resolviera una duda .
resulta que yo no hago la declaración de la renta por que hace años no trabajo …pero el año 2014 cobre un subsidio de 426 euros de paro ,y el ayuntamiento me dio una ayuda de 250 euros .
entonces ahora e ido a solicitar un certificado negativo de hacienda para un beca de comedor de mis hijos ,y me dicen que tenia que haber echo la declaracion de la renta por la ayuda del ayuntamiento que cobre de 250 euros .
como ahora ya esta fuera de plazo casi va a hacer 3 meses que se paso el plazo ,tengo multa ?
la persona que me a gestionado la declaracion dice que el resultado da que ni a pagar y ni a devolver ,quedamos a la paz.
también es cierto que hacienda no me a requerido para que la haga me e dado cuenta yo sola …con todo esto usted cree que tendré multa ?? por estar casi 3 meses fuera de plazo?
Hola Esther,
Si se trata de unos ingresos del año 2014, la renta se debió presentar antes del 30 de junio de 2015. Al presentarla ahora estaría fuera de plazo por un año y tres meses. Si el resultado es como dice, ni a pagar ni a devolver, no habría perjuicio para Hacienda por lo que podrían ponerle una sanción del artículo 198 LGT de 100 euros.
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Si presentas la declaración y no la pagas porque no puedes
Que pasaría?
Hola Rocío!
Si no puedes pagar la declaración, en el momento de presentarla puede solicitar un aplazamiento y fraccionamiento. Si no se paga la declaración en plazo, Hacienda apremia la deuda y exige un recargo. Si sigue sin pagar, intentará embargar el importe correspondiente más los recargos e intereses.
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Hola, este año la renta me sale a pagar 700 €,me pilla en mal momento,no puedo pagarla,ni fraccionarla,ya tengo un embargo en nomina con la seguridad social de antigua autonomo. Mi pregunta es .que es mas conveniente no hacer la renta, o hacerla y no pagar,por que ahora no puedo?.. gracias.
Hola Víctor!
Si tienes obligación de presentar la declaración y no lo haces, Hacienda te impondrá una sanción que puede ir desde el 50% hasta el 150% de la cantidad que te sale a pagar. Si la presentas y no pagas, sin solicitar ni aplazamiento ni fraccionamiento, Hacienda apremiará ese importe y procederá a embargar algún bien tuyo.
Con independencia de que tengas un embargo anterior, la declaración siempre podrás fraccionarla en dos pagos. Un primer pago que será del 60% de la cantidad que te salga a pagar, y se pagará el 30 de junio, y un segundo pago del 40$ de dicho importe que se pagará en noviembre. Te invitamos a nuestro LinkedIn, Facebook y Twitter. Saludos!!
Hola un amigo me da 20000e cuanto tendría que pagar a Hacienda soy de Barcelona, y si no lo declaró cuanto sería de multa, gracias
Hola Francisco, tu pregunta excede el contenido del post, solo respondemos a preguntas que se ciñan estrictamente al contenido. No obstante, nuestra recomendación como profesionales siempre es cumplir con las obligaciones fiscales en tiempo y forma. Saludos!
Buenas !!! Resulta q hoy nos ha llegado una carta como q la declaración de 2013 no se presentó ( cierto , solo presente la mía que salía a devolver 60€ y la de mi marido q salía a pagar 570€ no por no superar los ingresos)
Hoy cuando hemos hablado con el asesor me dice q seguramente es porque salió una vez finalizado el periodo de renta una especie de complementaria que viene a decir q aquellos que quieran deducirse la vivienda en posteriores rentas deberán de presentarla .
Nos reclaman del borrador 890€ y si la hubiesemos hecho conjuntanserian 300€, podría ahora hacerse así ?
Cuanto me van a reclamar ? Me han dicho q será un 50% de multa más un 20% de apremio y los intereses de demora , cuanto puede ser esto último ?
Gracias
Hola Eva! La presentación de declaración conjunta es una opción que da Hacienda, y si en el momento de presentarla en 2013 no se optó por ella, ahora no podría presentarse de forma conjunta.
La sanción por no presentar la declaración va desde el 50% de la cantidad no ingresada, pudiendo llegar hasta el 150% en los casos muy graves. Los intereses de demora de la administración se actualizan cada año, pero suelen ser entorno al 4% de la cantidad que reclame Hacienda.
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