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Intereses, recargos y sanciones en la Declaración de la Renta

Ya ha comenzado la campaña de renta que termina el próximo día 1 de julio. Pero, ¿qué ocurre si presentamos nuestra declaración una vez finalizado el plazo para ello?

La Administración dispone de una serie de recargos, intereses y sanciones para evitar que se nos pasen estos plazos. Si la presentamos fuera de plazo, la Administración nos impondrá un recargo, una sanción o intereses de demora dependiendo de las siguientes circunstancias:

A. Si nosotros nos damos cuenta antes que Hacienda (sin requerimiento previo de la Administración) de que se nos ha pasado el plazo para presentar la renta:

  1. Si el resultado del IRPF es positivo, es decir, nos sale a pagar, tendremos un recargo (art. 27 Ley General Tributaria) que variará según lo que tardemos en presentar la declaración conforme al siguiente cuadro:

    Plazo

    Recargo

    En los 3 meses siguientes
    (hasta el 1 de octubre)
    5% de la deuda
    De los 3 a 6 meses siguientes
    (del 2 octubre a 1 enero 2014)
    10% de la deuda
    De los 6 a 12 meses siguientes
    (del 2 enero a 1 julio 2014)
    15% de la deuda
    Más de 12 meses
    (a partir del 2 julio 2014)
    20% de la deuda + intereses de demora. Los intereses se devengarán desde el 2 de julio de 2014 hasta que presentemos la declaración.
  2. Si el resultado del IRPF es negativo, es decir, nos sale a devolver, se impondrá una sanción fija de 100 euros (art. 198 LGT).

B. Si la Agencia Tributaria se da cuenta de que se nos ha pasado el plazo para presentar la renta (nos llega un requerimiento de la Administración):

  1. Si el resultado del IRPF es positivo, se devengarán intereses de demora por el tiempo que transcurra desde el 2 de julio hasta que efectivamente presentemos la renta. Además Hacienda nos impondrá una sanción que podrá ir desde el 50% hasta el 150% de la cantidad a ingresar (art. 191 LGT).
  2. Si el resultado del IRPF es negativo, Hacienda nos impondrá una sanción fija de 200 euros (art. 198 LGT).

La Administración dispone de medios muy persuasivos para que presentemos la declaración de la renta antes del 1 de julio. Y para evitar todos estos “posibles problemas” lo mejor es intentar no dejarlo para los últimos días.

Alicia Suárez [1]
Emede y Asociados Asesores Tributarios, SLP