Hoy se ha publicado en el BOE la Orden HFP/405/2023, de 18 de abril, por la que se reducen, para el período impositivo 2022, los índices de rendimiento neto para actividades agrícolas y ganaderas, que determinan el rendimiento neto por el método de estimación objetiva, afectadas por circunstancias excepcionales, localizadas en determinadas zonas geográficas.

Asimismo, teniendo en cuenta el fuerte incremento de los costes que se ha producido por la guerra de Ucrania, se incrementa la reducción general sobre el rendimiento neto de módulos del 15 al 25 por 100 para las actividades agrícolas, ganaderas y forestales.

En segundo lugar, puedes acceder, pinchando aquí, a la Nota relativa a la tributación de artistas y deportistas no residentes publicada por la AEAT, cuyo objetivo es poner en conocimiento de los contribuyentes, los asesores y los promotores de eventos o espectáculos, ciertas pautas que faciliten el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias vinculadas a las actuaciones de artistas y deportistas no residentes en territorio español.

Hay que señalar que estos criterios explicitados por la AEAT no tienen carácter vinculante, y es uno de los compromisos asumidos en los Foros de cooperación constituidos entre la Agencia Tributaria y diferentes colectivos, así como en los códigos de buenas prácticas suscritos con los mismos.

Fuente: REAF

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