El “Poder Preventivo” en el ámbito empresarial | En el ordenamiento jurídico español, existen distintas herramientas diseñadas para proteger la voluntad de una persona en el supuesto de que perdiera la capacidad de expresarla en el futuro.
Entre estas, se encuentra el poder preventivo que destaca como una figura clave, especialmente para los administradores y empresarios, al salvaguardar su voluntad en aquellas situaciones de enfermedad o incapacidad que les impidiera tomar decisiones importantes, expresar o ejercer su voluntad.
En este post, vamos a analizar en qué consiste y para qué se emplea el poder preventivo, un documento interesante que no sólo protege la gestión frente a eventuales riesgos, sino que también garantiza la estabilidad y confianza de la entidad asegurando el cumplimiento normativo de la empresa ante situaciones inciertas e inesperadas.
Vamos a comenzar con un ejemplo:
D. Manuel, es socio de una sociedad y posee participaciones en diferentes sociedades con diversas actividades económicas. A su vez, D. Manuel es administrador de todas ellas, ya sea de forma directa o a través de su sociedad Holding. Considera otorgar un poder preventivo a favor de su esposa e hijos, de forma solidaria, para que, en caso de incapacidad física o psíquica, puedan asistir a las Juntas Generales y tomar los acuerdos necesarios. Ante esto, nos plantea las siguientes consultas sobre el poder preventivo:
- ¿Qué es un poder preventivo? Un poder preventivo es un documento notarial que permite a una persona designar a otra para que actúe representado sus intereses en caso de que, llegado el momento, careciera de la capacidad necesaria para manifestar su voluntad.
- ¿En qué se diferencia un poder ordinario de un poder preventivo? La principal diferencia radica en que el poder preventivo se otorga con la previsión de una posible incapacidad futura del otorgante y, el poder ordinario, es válido desde el momento en que se firma ante notario, pero pierde su validez si el otorgante sufre una incapacidad sobrevenida.
- ¿Hay diferentes tipos de poderes preventivos? Sí, existen dos tipos de poderes preventivos:
1. Poder preventivo en sentido estricto.
El apoderado sólo puede actuar desde el momento en que su representado sufra el estado de incapacidad previsto en el apoderamiento y, nunca antes.
2. Poder preventivo con subsistencia de efectos en caso de incapacidad.
El apoderado puede actuar desde el momento del otorgamiento o desde una fecha específica, sin necesidad de esperar a que el otorgante sufra un estado de incapacidad.
- ¿Quién puede otorgarlo? Cualquier persona, mayor de edad, que esté en plena posesión de sus facultades mentales. Para otorgarlo, basta con acudir con su DNI al notario y formalizar el poder en escritura pública. En esta escritura, se especificará la identidad del apoderado y las facultades que podrán ejercitarse así como la forma de llevarlas a cabo. Posteriormente, la escritura se inscribirá en el Registro Civil ya que la inscripción es obligatoria.
- ¿Se puede anular? Sí, el poder preventivo puede ser anulado o revocado en cualquier momento por el otorgante.
- ¿Qué precio tiene realizar este poder? El precio suele oscilar entre 100 y 150 euros (más IVA).
- ¿Se pueden firmar los poderes entre distintas notarías? Sí, gracias a la firma electrónica notarial, los notarios pueden enviarse telemáticamente copias autorizadas de los poderes de forma inmediata y segura, sin necesidad de enviarlas en papel, lo que ahorra tiempo y gastos y evitan riesgos de posibles extravíos.
- ¿Por qué resulta tan interesante la figura del poder preventivo en el ámbito empresarial? La figura del poder preventivo es de gran interés en cualquier ámbito, ya que constituye un instrumento de autoprotección que permite designar a una persona de confianza para velar por los intereses personales y patrimoniales en caso de encontrarse ante una situación sobrevenida de incapacidad.
«Poder preventivo» en el Ámbito empresarial
En el ámbito empresarial, el poder preventivo resulta especialmente útil porque garantiza la continuidad de la voluntad de los administradores, reduce los riesgos financieros, legales, operaciones y reputacionales. Además, garantiza el cumplimiento normativo de la entidad y las regulaciones internadas de la empresa, asegurando una mayor protección a la organización.
Este mecanismo también mejora la toma de decisiones, pues proporciona una visión clara, especialmente en situaciones imprevistas. De este modo, asegura la confianza de los inversiones, previene posibles problemas que puedan afectar y permite adoptar una postura proactiva frente a posibles cambios aprovechando nuevas oportunidades.
En definitiva, el poder preventivo contribuye a la sostenibilidad y responsabilidad social corporativa, mitigando los impactos negativos y operando de manera ética y responsable.

Silvia Blanco
Abogada | Asesora Fiscal








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