1 de enero de 2014, que el tipo de retención pasara a ser del 19% (hasta 31 de diciembre de 2013 era del 21%) para los siguientes casos:

  • Los rendimientos de capital inmobiliario.
  • Los rendimientos de capital mobiliario.
  • Los rendimientos de actividades profesionales.
  • Los rendimientos derivados de impartir cursos y conferencias.
  • Determinadas ganancias patrimoniales.
Sin embargo, pasará a ser de nuevo del 21% para el ejercicio 2014 ya que se ha prorrogado el tipo de retención establecido para los ejercicios 2012 y 2013 en la Ley de Presupuesto del Estado, según se publicó en el Boletin Oficial del Estado el jueves 26 diciembre 2013, BOE nº 309, sección I, pagina 104685. Esperamos que esta información os sirva de ayuda y os oriente en cuanto a las retenciones aplicables en el próximo año 2014. Por cierto, Feliz 2014!!!]]>

Logo

Suscríbete a la Newsletter

Si quieres estar al día, suscríbete a nuestro boletín periódico.

Gracias por suscribirte