Actualización del Salario Mínimo Interprofesional

Comienza el año 2017 con importantes novedades laborales como el aumento del Salario Mínimo Interprofesional y la ampliación de los días de Permiso por Paternidad a cuatro semanas.

En cuanto al SMI, según se aprueba en la Ley de Presupuestos Generales del Estado en el mes de octubre de 2016, se aplica un incremento de 52,40 €. Es decir, un crecimiento porcentual total de un 8% sobre el SMI de 2016, quedando el salario mínimo fijado en 707,60 euros. Lo que supone un Salario Mínimo Anual de 9.906,40 € en 14 pagas, y el equivalente diario seria de 23,59 euros.

Actualización del Salario Mínimo Interprofesional

Desde el 1 de enero de 2017 los padres disfrutan 4 semans de permiso por paternidad

Por otro lado, el pasado 1 de Enero de 2017, entró en vigor la ampliación de la duración del permiso de paternidad. Hasta ahora, consistía de 13 días naturales ininterrumpidos, ampliables en dos días más por cada hijo a partir del segundo en caso de parto, adopción o acogimiento múltiples. Tras la modificación nos encontramos con que:

  • En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento el trabajador tendrá derecho a la suspensión del contrato durante 4 semanas interrumpidas.
  • Se ampliará dos días más en caso de parto, adopción o acogimiento múltiple para cada hijo a partir del segundo.
  • El trabajador podrá ejercer este derecho desde que finalice el permiso por nacimiento, durante el permiso de maternidad o inmediatamente después de este.
  • La suspensión del contrato puede disfrutarse en régimen de jornada completa o parcial.

Este cambio supondrá una mejora en la conciliación de la vida laboral y personal de los padres, además de poder considerarse un acercamiento a la equiparación entre el permiso de maternidad y el de paternidad, puesto que las madres tienen 16 semanas.

En este sentido es bueno recordar referente a la cuantía de la prestación de paternidad es del 100% de la base de cotización, derivada de contingencias comunes, al igual que la prestación por maternidad.

Espero que el contenido del post haya resuelto todas vuestras inquietudes sobre este tema, pero como siempre estaremos a vuestra disposición para cualquier aclaración.

Beatriz Gallego Serrano - Iuslaboral AbogadosBeatriz Gallego Serrano
Ius Laboral Abogados

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