Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2023

Principales novedades para 2023:

o Se implantará un nuevo servicio de información y de asistencia Digital Integral, para que los ciudadanos decidan cómo quieren ser atendidos por la AEAT en aquellos servicios y trámites que así lo permitan.

o Respecto a la imposición de sanciones tributarias, se establecerá un nuevo criterio que será relevante para la imposición de estas: el historial de cumplimiento e incumplimiento del contribuyente.

o En la campaña del IRPF de 2022 se realizará una campaña específica de avisos durante el periodo de presentación, dirigida a aquellos ciudadanos que tienen mayor probabilidad de no presentar la autoliquidación cuando están obligados a ello.

o En el Impuesto sobre Sociedades se espera realizar una carga de datos automática de los créditos pendientes de ejercicios anteriores en la declaración del ejercicio, en función de lo declarado o calculado en ejercicios anteriores, y se mostrará en datos fiscales la información sobre los ajustes contables realizados el ejercicio anterior.

o Se intentará adelantar las devoluciones de las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades a pequeñas y medianas empresas.

o Se trabajará en la depuración del censo de entidades no mercantiles con el objeto de dar de baja, en su caso, aquellas entidades que no cumplan los requisitos para estar efectivamente dadas de alta.

o Se pretende extender la educación cívico-tributaria a los diversos colectivos de la sociedad española, con materiales formativos encapsulados de autoaprendizaje, específicos para cada colectivo, y más enfocados a las necesidades reales de los mismos.

o Se continúa con las labores de investigación directa sobre contribuyentes de alta capacidad económica, conocidos por sus siglas en inglés como HNWI (High Net Worth Individuals) o UHNWI (Ultra High Net Worth Individuals), para la detección y regularización de los comportamientos irregulares en que incurran.

o Se dedicarán esfuerzos a la implementación y explotación de herramientas para la utilización masiva de la nueva información sobre inmuebles y sociedades procedente del Consejo General del Notariado (Índice Único Notarial) de la que dispone la AEAT.

o Se mantendrá la presencia en aquellos sectores y modelos de negocio en los que se aprecie alto riesgo de existencia de economía sumergida, con especial atención al uso intensivo de efectivo o al empleo de métodos 2 electrónicos de pago radicados en el extranjero y no sujetos, de hecho, o de derecho, a las obligaciones de suministro de información.

o Se programarán actuaciones dirigidas a evitar el uso abusivo de la personalidad jurídica con la principal finalidad de canalizar rentas, o desviar indebidamente gastos personales de personas físicas, de manera que se reduzcan improcedentemente los tipos impositivos aplicables.

o Se seguirá con la comprobación de aquellas entidades que han sido creadas instrumentalmente con el único fin de emitir facturas irregulares para ser deducidas por sociedades operativas.

o Se comprobará la correcta imputación de rentas a sus socios por parte de comunidades de bienes u otras entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen actividades económicas, así como la realidad de los rendimientos declarados por éstas.

o Se controlará la falsa afectación a la actividad económica de bienes de lujo o de servicios relacionados con el sector del lujo por parte de personas jurídicas cuya actividad no se encuentre vinculada con el aprovechamiento o arrendamiento de tales bienes.

o Se intensificará el control, por parte de los órganos gestores, sobre rentas que tengan su origen en el desarrollo de actividades económicas por personas físicas o jurídicas, con el objeto de que resulte alineado con la reorientación de las actuaciones de control de dichos órganos.

o Se continuará la verificación por parte de la AEAT del adecuado cumplimiento de la obligación de los sujetos pasivos acogidos al sistema SII.

o Se seguirá potenciando el control sobre las tramas de fraude al IVA intracomunitario que operan en el sector de vehículos.

o Se impulsará el control de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión Inmobiliaria (SOCIMI).

o Se potenciará el control de nuevas formas de divisiones artificiales de las actividades económicas, tanto en el IRPF, cuando se pretende rebajar la progresividad de la tarifa, como en el IS, cuando la finalidad es la creación de entidades al objeto de burlar la gestión recaudatoria.

o Se reforzarán los planes destinados a potenciar la presencia en la calle del personal de Inspección, principalmente dedicados al sector de la construcción inmobiliaria, especialmente en lo que se refiere a la rehabilitación y reformas.

o Se promoverá que los sistemas informáticos que soporten procesos de facturación tengan la capacidad de remitir registros de facturación a la AEAT de una forma mecánica y automatizada.

o Se elevará el número de visitas a los establecimientos donde se encuentran mercancías sujetas a vigilancia aduanera para verificar el correcto uso de las autorizaciones correspondientes.

o Para la consecución del objetivo general en relación con la prevención y represión del contrabando, narcotráfico y blanqueo de capitales, durante el año 2023 la AEAT desarrollará específicamente una serie de actuaciones encaminadas a la neutralización de las actividades de delincuencia organizada, a menudo transfronterizas, actuando de manera integral contra las estructuras logísticas, financieras y patrimoniales de las organizaciones criminales.

o Se potenciarán las actuaciones de localización de nuevos bienes susceptibles de actuaciones de embargo, con especial enfoque hacia los criptoactivos y monedas virtuales.

Fuente: REAF

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