Emede Asesoría Fiscal | Impuesto envases no reutilizables

COMUNICACIÓN INFORMATIVA

El próximo 1 de enero de 2023 entrará en vigor el Impuesto Especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Usted podrá ser contribuyente de dicho impuesto si realiza cualquiera de las siguientes actividades:

a) La importación o adquisición intracomunitaria de mercancías contenidas en envases de plástico no reutilizables.

b) La fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de envases de plástico no reutilizables o de productos de plástico semielaborados destinados a su obtención.

c) La fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de productos de plástico destinados al cierre, comercialización o presentación de envases de plástico no reutilizables.

En la página web de la Agencia Tributaria dispone de una información completa y detallada. La ruta para acceder a la misma es:

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/inicio.html

Información y gestiones

Impuestos Especiales y Medioambientales Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables

O bien directamente en la siguiente dirección de internet:

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/impuestos-especialesmedioambientales/impuesto-especial-sobre-envases-plastico-reutilizables.html

Si tiene dudas y desea hablar AEAT puede hacerlo a través del servicio de llamada telefónica directa o mediante la cita previa telefónica, disponible asimismo en la dirección anteriormente señalada, usando el acceso identificado como

“Asistencia digital (ADI): Impuesto del plástico” o directamente a través del

siguiente enlace:

https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/TOCP-ADMI/Asistente?tramite=DN3401

Fuente: AEAT

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