El 15 de diciembre de 2012 se aprobó el Modelo 696 entrando en vigor las nuevas tasas judiciales el pasado día 17.
La Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia, ha supuesto un sustancial aumento en el importe de las tasas que se pagan para el acceso a la Justicia así como la inclusión de hechos nuevos.
Desde el pasado día 17 de diciembre la AEAT puso a nuestra disposición el Modelo 696 en el que se regulan las nuevas tarifas de esta tasa.
Aquí encontramos algunas de las principales novedades que introduce la norma:
- Se amplía al orden social la exigibilidad de la tasa, pero solo en los recursos de suplicación y casación. No obstante, los trabajadores, sean por cuenta ajena o autónomos, tendrán una exención del 60%.
- Se amplían los sujetos pasivos de la tasa alcanzando ahora a personas físicas que se encontraban exentas hasta la Ley 10/2012.
- No obstante, se prevén una serie de exenciones al pago de la tasa, entre otras la solicitud de concurso voluntario por el deudor, la interposición de recursos contencioso-administrativo en casos de silencio negativo o inactividad de la administración o cuando se reconozca el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
- La base imponible sigue coincidiendo con la cuantía del procedimiento.
- La cuota tributaria sigue calculándose en función de una cantidad fija y una cantidad variable. Se elevan los importes a pagar de la cantidad fija. En el siguiente cuadro se recoge una comparativa de los importes exigibles hasta el 17 de diciembre y a partir de esta fecha:
PROCESO
Importe anterior
Importe actual
CIVIL
Verbal/Cambiario
90 euros
150 euros
Ordinario
150 euros
300 euros
Monitorio
50 euros
100 euros
Ejecución extrajudicial
150 euros
200 euros
Concurso necesario
150 euros
200 euros
Apelación
300 euros
800 euros
Casación
600 euros
1.200 euros (1)
CONT-ADMVO
Abreviado
120 euros
200 euros
Ordinario
210 euros
350 euros
Apelación
300 euros
800 euros
Casación
600 euros
1.200 euros (1)
SOCIAL
Suplicación
—
500 euros
Casación
—
750 euros
(1) Téngase en cuenta que aunque el importe de la tasa en un recurso de casación es muy elevado (1.200 euros), en la mayoría de los casos para poder acceder a esa instancia debe tratarse de procedimientos cuyo importe supere los 600.000 euros.
- El importe de la cantidad variable se mantiene en 0,5% hasta 1.000.000 euros y 0,25% para el resto de base imponible, aumentándose el límite máximo de cantidad variable desde los 6.000 euros a 10.000 euros.
- El modelo de liquidación solo está disponible por Internet, en la página de la AEAT, siendo obligatoria su presentación telemática para sujetos pasivos adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes o Unidades de Gestión de Grandes Empresas, sociedades anónimas y sociedades limitadas.
- Se efectuará una devolución del 60% del importe de la tasa en los supuestos de solución extrajudicial del litigio, y del 20% cuando se acuerde una acumulación de procesos.
- Por último, dada la falta de interconexión informática entre los Tribunales y la AEAT, hasta el 1 de abril de 2013 no se iniciarán las posibles comunicaciones así como las solicitudes de devolución a través del modelo 695.
Aprovechamos para desearos un Feliz 2013!!