Este año la Agencia Tributaria no nos deja descanso. Después de un duro mes de enero, la declaración anual de operaciones con terceros (modelo 347) se adelanta.

Las novedades que tenemos para este año son:

  • La fecha de presentación se adelanta al 28 de Febrero.
  • Los obligados tributarios inscritos en el Registro de devolución mensual de IVA no están obligados a presentar el modelo 347, pero están obligados a informar sobre las operaciones incluidas en los libros registro del IVA (modelo 340).

Como recordatorio, vamos a repasar las operaciones que deben incluirse en el modelo 347:

  • Las operaciones realizadas con la misma persona o entidad que superen la cifra de 3.005,06 € en importe absoluto (tanto valores positivos como los negativos), en el año de la declaración (2012) y desglosadas por trimestres.
  • Para cumplimentar el modelo hay que especificar la clave correspondiente de la operación: A (compras), B (ventas), C (cobros por cuenta de terceros), D (adquisiciones de bienes o servicios por partidos políticos sindicatos o asociaciones empresariales), E (esta clave es para consignar por las administraciones públicas por las subvenciones, auxilios y ayudas que satisfagan, no para quién las reciba), F (ventas agencias de viaje), G (compras agencias de viaje).

A la hora de cumplimentar el modelo hay que tener en cuenta las siguientes operaciones:

  • En el caso de arrendamientos de locales de negocio, los arrendadores y arrendatarios deben marcar esta casilla para identificar esta operación separadamente del resto. Solamente los arrendadores deberán cumplimentar los datos del anexo “ARRENDAMIENTOS DE LOCALES DE NEGOCIO” informando del importe total trimestral y anual de cada arrendamiento del año de la declaración. En la hoja anexo deberemos rellenar los siguientes datos:
    1. Datos identificativos: NIF del declarante, ejercicio (2012).
    2. Relación de inmuebles: NIF del arrendatario (o NIF del representante en el caso de que el arrendatario sea menor de 14 años), apellidos y nombre o denominación del arrendatario del inmueble, importe de la operación en el ejercicio, referencia catastral y código de situación de la vivienda (1. Para los inmuebles situado en territorio español excepto País Vasco y Navarra, 2. Inmueble situado en el País Vasco y Navarra, 3. Inmueble sin referencia catastral ó 4. Inmueble situado en el extranjero) así como la dirección del inmueble arrendado.
Captura de pantalla del programa de ayuda de la AEAT (declaración informativa), pestaña de declarados.

Captura de pantalla del programa de ayuda de la AEAT (declaración informativa), pestaña de declarados.
Si estamos en una operación de arrendamiento de local de negocio tenemos que marcar esa casilla (ver flecha en captura). Seleccionando clave de operación “B” (ventas), en el caso de arrendatario, aparece debajo “Inmuebles del Declarado actual” (señalado con elipse). Si marcamos nuevo registro se abre la pantalla de abajo.

Anexo a cumplimentar por los arrendadores de locales de negocio (explicado en el punto 2).

Anexo a cumplimentar por los arrendadores de locales de negocio (explicado en el punto 2).

  • Importes recibidos en metálico se consignarán en la casilla “Importe recibido en metálico”, se informarán de aquellos importes superiores a 6.000,00€ y se informa del importe recibido anual (no trimestral).
  • Las operaciones de transmisiones de inmuebles se informarán separadamente de otras operaciones que se realicen por las mismas partes.

No olvidéis este adelanto de la presentación de la Declaración anual de operaciones con terceros. Espero que os haya servido de ayuda.

Fátima Doblas Lara
Emede y Asociados Asesores Tributarios, SLP

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