Nota de Aviso 32/2020. Comentarios al RD-L 35/2020 de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria

El Real Decreto-ley 35/2020 de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria (BOE 23 de diciembre), además de establecer medidas en relación al arrendamiento de locales de negocio, de apoyo en el ámbito laboral y seguridad social y de flexibilización de los requisitos para el mantenimiento de los incentivos regionales, contiene un buen número de medidas tributarias.

Unas consisten en dar alguna liquidez a las pymes, permitiendo que aplacen el pago de los tributos que se deberían de ingresar en abril de 2021; otras son las lógicas aplicables a los módulos, en el sentido de reducir los de 2020, el pago fraccionado del cuarto trimestre de 2020 y el primero de 2021; se establece una deducción de gastos para los arrendadores de locales que rebajen las rentas en el primer trimestre del año que viene y, coincidiendo con una de las propuestas del REAF que repetidamente se ha hecho al Ministerio, se reduce de tres a seis meses el plazo para poder deducir el gasto por deterioro de créditos derivados de posibles insolvencias.

Fuente: REAF

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