Los coeficientes de amortización

La reforma fiscal en parte propiciada por la Ley 27/2014 de 27 de noviembre del Impuesto sobre Sociedades modifica las tablas de amortización, simplificándose y pasando a tener tan sólo 33 elementos. La nueva tabla de amortizaciones la podéis consultar en este post anterior.

Se nos presentan dos situaciones entre las que podemos optar:

  • No modificar el coeficiente de amortización y período máximo y seguir amortizando los elementos patrimoniales con las mismas condiciones que veníamos haciéndolo antes del 1-1-2015, siempre y cuando el nuevo porcentaje esté dentro del máximo y el mínimo con respecto del porcentaje anterior.
  • Modificar el coeficiente de amortización y período máximo según las nuevas tablas de amortización. Si la entidad opta esta opción, esto supondrá la modificación de la vida útil de los elementos , que representará un cambio de criterio contable, en este caso se pueden presentar dos situaciones:
    • Que el nuevo coeficiente lineal máximo haya aumentado.
    • Que el nuevo coeficiente lineal máximo haya disminuido.

En el caso de aumento del coeficiente lineal máximo las situaciones que pueden plantearse son las siguientes:

  1. Que el contribuyente decida seguir amortizando como venía haciéndolo, es decir que mantenga el mismo coeficiente de amortización, siempre y cuando, como hemos comentado anteriormente, el nuevo porcentaje esté dentro del máximo y el mínimo con respecto del porcentaje anterior.
  2. Que el contribuyente opte por los nuevos coeficientes de amortización: en este caso los elementos se amortizarán en los períodos impositivos iniciados a partir de 1-1-2015 durante los períodos impositivos que resten de su vida útil sobre el valor neto fiscal del elemento existente.

Por ello aconsejamos hacer un chequeo de los nuevos porcentajes de amortización para poder tomar la decisión más adecuada en cada caso.

Raquel Gómez Adarve
Emede Etl Gloabl | Asesores fiscales

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