CONVOCATORIA 2022 SUBVENCIONES JUNTA DE ANDALUCÍA LÍNEA 1: ESTABILIZACIÓN DE LA INICIATIVA EMPRENDEDORA EN EMPRESAS DE TRABAJO AUTÓNOMO.
– OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
El objeto de la misma es estabilizar y fortalecer el empleo a través de las iniciativas de trabajo autónomo, mediante subvenciones al inicio de actividades económicas de las personas trabajadoras autónomas que son beneficiarias de la cuota reducida del RETA (tarifa plana).
Puedes acceder a las bases de la convocatoria pinchando en el siguiente LINK
– PLAZO PARA PRESENTAR LA SOLICITUD.
Las solicitudes podrán presentarse desde el 28/05/2022 hasta el 30/09/2022.
En caso de que antes de que finalice el plazo se agotase la consignación presupuestaria, se hará público, mediante resolución del órgano competente para resolver.
– REQUISITOS.
1. Que en la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda sean beneficiarias de la tarifa plana y la mantengan, a esa fecha, con una antigüedad de entre 1 y 3 meses.
2. Que no hayan sido beneficiarias de las subvenciones o ayudas reguladas por la Administración de la Comunidad Autónomo de Andalucía en materia de trabajo autónomo, que se establezcan en las correspondientes convocatorias que de esta Línea de subvenciones se realicen.
Se entenderá por trabajadoras/es autónomos las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, con residencia y domicilio fiscal en Andalucía, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena.
Quedan excluidos:
1. Los socios/as industriales de sociedades regulares colectivas y sociedades comanditarias.
2. Quienes se constituyan o se incorporen a comunidades de bienes y socios/as de sociedades civiles sin personalidad, formando parte de las mismas como personas socias o comuneras.
3. Los socios/as de sociedades mercantiles, sociedades laborales y cooperativas y aquellas personas que ejerzan funciones de dirección o gerencia en las mismas.
– MEDIDAS Y CUANTÍAS.
Mujeres trabajadoras autónomas de hasta 35 años | 5.000 € |
Hombres trabajadores autónomos de hasta 30 años | |
Mujeres trabajadoras autónomas mayores de 35 años que residan en municipios de mas de 10.000 habitantes | 3.800 € |
Hombres trabajadores autónomos mayores de 30 años que residan en municipios de mas de 10.000 habitantes | |
Mujeres trabajadoras autónomas mayores de 35 años que residan en municipios de menos de 10.000 habitantes | 5.000 € |
Hombres trabajadores autónomos mayores de 30 años que residan en municipios de menos de 10.000 habitantes |
Estas ayudas están sometidas al régimen de ayudas de minimis.
– FORMA DE PAGO.
El pago se efectúa por el 100% de forma anticipada.
En el caso de personas con discapacidad, víctimas de violencia de genero o victimas del terrorismo será del 75% del importe total de la subvención en concepto de anticipo, tras la notificación de la resolución de la concesión, y el 25% restante, tras la justificación final de cumplimiento de las obligaciones específicas.
– OBLIGACIONES.
Mantener la actividad al menos 12 meses desde el día siguiente a la presentación de la solicitud, de forma ininterrumpida, sin que puedan compatibilizar el trabajo por cuenta propia con un trabajo por cuenta ajena durante dicho periodo.
– FORMA DE PRESENTAR LA SOLICITUD.
Las solicitudes se cumplimentaran en el modelo normalizado que estará disponible en la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo a la que se puede acceder a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios disponible en: