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Sanción por no depositar las cuentas anuales

Sanción por no depositar las cuentas anuales

Como sabes, toda empresa tiene la obligación de depositar las Cuentas Anuales [1] en el Registro Mercantil. [2] Vamos a descubrir en las próximas líneas a qué sanciones se enfrentará una empresa si no deposita las cuentas anuales.

Como ya conocemos, el plazo de presentación de las Cuentas Anuales en el Registro Mercantil es de un mes desde la celebración de la Junta General.

Hasta ahora la única sanción por la no presentación era el cierre de la hoja registral de la sociedad, impidiendo así el depósito de documentos tales como cambios de domicilio, nombramientos de administradores, etc… según artículo 282.1 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

Recientemente el ICAC (Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas) ha empezado a sancionar a las empresas por no depositar las Cuentas Anuales en el Registro Mercantil. Las sanciones oscilan entre 1.200,00 a 60.000,00 euros, atendiendo a la dimensión de la empresa, y cuando la sociedad tenga un volumen de facturación superior a 6.000.000,00 euros, el límite de la multa para cada año de retraso se elevará a 300.000,00 euros según el artículo 283 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

El método empleado para la imposición de sanciones es el siguiente:

  1. La sanción será del 0,5% del total de las partidas de activo, más el 0,5% del Importe Neto de la Cifra de Negocios de la última declaración presentada a la Agencia Tributaria.
  2. Si no se porta la declaración del punto anterior, la sanción se cuantificará sobre el 2% del capital social, según los datos de que disponga el Registro Mercantil.
  3. Si se aporta la declaración mencionada anteriormente y la sanción resultante del cálculo del punto 1 superara el 2% del capital, se aplicaría con una reducción del 10%.

Es importante que presentemos las Cuentas Anuales en plazo [3], si lo hacemos fuera de plazo que sea lo antes posible, ya que si se depositan antes de que se inicie el procedimiento sancionador, la sanción será inferior y vendrá acompañada de una reducción del cincuenta por ciento.

Raquel Gómez Adarve [4]
Emede ETL Global