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Nota de Aviso 23/2020. Análisis detallado de las propuestas en la Ley de Presupuestos para el ejercicio 2021.

Presupuestos para el ejercicio 2021

Presupuestos para el ejercicio 2021

El pasado 28 de octubre de 2020 entró en el Congreso de los Diputados el Proyecto de Ley de Presupuestos para 2021.

En el siguiente archivo podréis encontrar los cambios más relevantes recogidos en materia tributaria.

1. Introducción

El pasado 28 de octubre de 2020 entró en el Congreso de los Diputados el Proyecto de Ley de Presupuestos para 2021. Os resumimos los cambios más importantes recogidos en materia tributaria.

En cuanto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se aumenta en dos puntos porcentuales la escala general para bases superiores a 300.000€ y, asimismo, se aumenta el tipo en tres puntos a la base del ahorro a partir de 200.000€.

Se reduce el límite general aplicable en la base imponible de las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social, si bien se prevé que el nuevo límite pueda incrementarse para las contribuciones empresariales.

Por último, se prorrogan para el período impositivo 2021 los límites cuantitativos que delimitan el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva.

Respecto al Impuesto sobre Sociedades se modifica la exención y la deducción para evitar la doble imposición sobre dividendos o sobre las rentas generadas en las transmisiones de participaciones que, de ser plena, pasa a ser del 95 por 100.

No obstante, se regula un régimen transitorio, durante tres años, para que las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 40.000.000€ puedan aplicar la exención y la deducción plena, siempre que las rentas procedan de una filial constituida con posterioridad al 1 de enero de 2021.

Además, deja de aplicarse tanto la exención como la deducción cuando, teniendo un porcentaje inferior al 5 por 100, el precio de adquisición es superior a 20.000.000€.

En este supuesto se regula un régimen transitorio por un periodo de 5 años.

En el Impuesto sobre el Patrimonio se eleva el tipo de último tramo y se establece la vigencia de manera indefinida del Impuesto, así ya no habrá que prorrogarlo año tras año mediante ley.

En cuanto el Impuesto sobre el Valor Añadido, por un lado, se aumenta del 10 al 21 por 100 el tipo para las bebidas azucaradas y, por otro lado, se prorrogan para el período impositivo 2021 los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.

Respecto a otros impuestos, se sube al 8 por 100 el tipo de gravamen del Impuesto sobre la Primas de Seguros que actualmente está en el 6 por 100.

Se incrementa la fiscalidad del gasóleo en 38€ por cada 1.000 litros, aunque la tributación que recae sobre el gasóleo de uso profesional y el gasóleo bonificado no sufre variación alguna.

Fuente: REAF [1]

Descarga Nota de Aviso 23/2020 [2]

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