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Exención de IVA en el arrendamiento de inmuebles

Dependiendo de la finalidad a la que se destine el contrato de arrendamiento, estará exento o no del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Esta cuestión nos la resuelve el artículo 20.1.23º de la Ley del IVA, según el cual están exentos los siguientes arrendamientos:

Mientras que, están sujetos y no exentos los siguientes arrendamientos:

Tras lo expuesto anteriormente y como podéis comprobar, no es fácil en muchos casos determinar si el arrendamiento en cuestión está o no exento de IVA. Recomiendo a todo aquel que se encuentre en este caso, que estudie con detalle los pormenores del alquiler, ya que un simple detalle puede cambiar la fiscalidad del mismo.

Fátima Doblas Lara [1]
Emede y Asociados Asesores Tributarios, SLP