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Subida de la cuota para los autónomos societarios

Este post es de interés para todos aquellos autónomos que administran alguna sociedad ya que se incrementa de forma sustancial la base mínima de cotización a la Seguridad Social.

Este incremento viene recogido en el Real Decreto-ley 16/2013, de 21 de diciembre de 2013, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores. Esta nueva medida se extenderá a todos aquellos autónomos que administren cualquier tipo de sociedad y ejerzan funciones de dirección y gerencia. Repasemos pues quién está obligado a darse de alta como autónomo societario:

Esta medida afectará también a los autónomos que hayan tenido contratado en 2013 a 10 o más empleados.

La base mínima de cotización pasará a equipararse con la base mínima de cotización del Régimen General de los trabajadores, de 875,70 euros a 1.051,50 euros. Esto supone pasar de pagar unos 256,72 euros al mes a pagar 314,40 euros, el incremento anual sería de 692,16 euros, como vemos un incremento considerable de más del 20%.

Para los que os encontréis en esta situación, el plazo para empezar a pagar la nueva cuota empezó en el mes de enero, tendríais que acudir a la Tesorería General de la Seguridad Social e indicar vuestra situación aportando la escritura de constitución de la sociedad donde aparecen reflejados los porcentajes de participación y regularizar vuestra situación abonando las diferencias de los recibos ya domiciliados en los meses de enero, febrero y marzo para poneros al día y que en el mes de abril quede todo en orden.

A día de hoy no hay una fecha límite, ni plazo, y tampoco están sancionando pero creemos que en breve empezarán a sancionar por lo que nuestra recomendación es que no dejéis pasar el tiempo.

Raquel Gómez Adarve [1]
Emede y Asociados Asesores Tributarios, SLP