Boda de 3 con la agencia tributaria. Si vas a contraer matrimonio próximamente debes tener en cuenta a la Agencia Tributaria (AEAT) en tu lista de invitados…

¿Qué ocurre con los regalos de boda, ya sean económicos o en especie?, en teoría tributan como donaciones efectuadas por los amigos, familiares, etc (donantes) a los novios (donatarios), por lo que los novios tendrían que presentar el modelo 651 al 50% por cada uno de los recién casados y por cada uno de los donantes.

¿A cuánto ascendería la cuota a pagar por los regalos percibidos?, la cuota tributaria variaría en función de la escala vigente aprobada por la comunidad autónoma correspondiente al domicilio de residencia de las personas beneficiarias de la donación (donatarios), y teniendo en cuenta las bonificaciones o reducciones que puedan existir en cada una de ellas que también pueden ser distintas.

¿Los recién casados son objetivo de control por parte de la AEAT?, si bien es cierto que la AEAT nunca ha tenido como objetivo investigar a los recién casados habría que ser precavido con los ingresos que superen los 3.000 euros y con los billetes de 500 euros, ya que las entidades financieras está obligadas a informar a la Agencia Tributaria por este tipo de operaciones.

¿Qué ocurre con los gastos ocasionados con el motivo del enlace matrimonial?, independientemente de lo comentado en el párrafo anterior, también sería recomendable que los recién casados guardaran durante, al menos, cuatro años todas las facturas de gastos referentes a su enlace, ya que las empresas que se dedican a servir suministros y servicios relativos a bodas sí que están en el punto de mira de la AEAT, y es posible que en algún momento solicitaran información a los novios mediante requerimiento con el objetivo de evitar la evasión fiscal.

¿Qué ocurriría si no se contestara al requerimiento recibido por los novios?, este requerimiento debería ser contestado en el plazo establecido por parte de los novios si no quieren incurrir en alguna sanción por incumplir la ley general tributaria por su falta de atención.

Finalmente unas recomendaciones a tener en cuenta para aquellos que estén pensando en celebrar su enlace matrimonial:

  1. Guardar todas las facturas de gastos inherentes a la boda durante cuatro años.
  2. Controlar los billetes de 500 euros recibidos como regalo de boda.
  3. Controlar los ingresos de regalos que excedan de 3.000,00 euros.
  4. Contratar los servicios de un asesor fiscal para que te ayude si recibes un requerimiento por parte de la AEAT solicitando información relativa a la celebración de tu boda.

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